NORMAS



¿Qué normas regulan nuestra gestión?


En la constitución de 1886 no había ninguna mención a las formas asociativas propias de la economía solidaria, la historia normativa relacionada con las cooperativas en Colombia empezó en 1931 con la aprobación de la ley 134, que fue en su momento la ley orgánica del cooperativismo. Luego dicha ley fue reformada por la ley 128 de 1936 que rigió hasta 1963 cuando el presidente expidió el decreto ley 1598 de 1963 que fue duramente criticado por el sector hasta la expedición de la ley 79 de 1988, norma elaborada por la confederación de cooperativas de Colombia que se encuentra aún vigente junto con la ley 454 de 1998 conocida como la ley de la economía solidaria.

Actualmente la Constitución Política de 1991 establece la posibilidad de crear en organizaciones de carácter asociativo solidario, de interés social y de propiedad colectiva. Es así como en el artículo 58 la Constitución consagra la obligación del Estado de proteger y promover las formas asociativas y solidarias de propiedad y el artículo 333 establece la función estatal de fortalecer estimular las organizaciones solidarias.

Cobijada por la constitución, la ley 79 de 1988 que tiene como propósito dotar al sector cooperativo de un marco propio para su desarrollo como parte fundamental de la economía nacional, establece como objetivos entre otros: facilitar la aplicación y práctica de los principios cooperativos, contribuir al fortalecimiento de la solidaridad y la economía social y contribuir al ejercicio y perfeccionamiento de la democracia. La ley 79 de 1988 regula entre otros temas los siguientes:

  • Acuerdo cooperativo
  • Características que deben tener todas las cooperativas
  • Requisitos para la constitución y reconocimiento de existencia
  • Calidad de los asociados
  • Normas sobre la administración y vigilancia de las cooperativas
  • Régimen económico y de trabajo al interior de las cooperativas
  • Clases de cooperativas
  • Normas para la fusión o liquidación de cooperativas
  • Normas sobre la educación e integración cooperativa
  • Reglamenta las instituciones del sector cooperativo en Colombia
  • Reglamenta la relación del Estado con las cooperativas determinando las funciones de fomento económico cooperativo y las responsabilidades, sanciones y funciones de inspección y vigilancia.

Además de la ley 79 de 1988 también hace parte del sistema jurídico colombiano la ley 454 de 1998, que tiene como objeto determinar el marco conceptual que regula la economía solidaria y fue el instrumento con el que se transformó el Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas (Dancoop) en el Departamento Administrativo Nacional de la Economía Solidaria (Dansocial) y se creó la Superintendencia de la Economía Solidaria y el Fondo de Garantías para las Cooperativas Financieras y de Ahorro y Crédito.

La ley 454 de 1998 amplió el marco del sector cooperativo bajo la noción de sistema de economía solidaria, dictó normas sobre la actividad financiera de las entidades de naturaleza cooperativa, definió los principios y fines de la economía solidaria en Colombia y dejó establecidas como organizaciones de carácter solidario otras formas asociativas y solidarias de propiedad como las empresas comunitarias, las empresas solidarias de salud, las precooperativas, los fondos de empleados, las asociaciones mutualistas, las empresas de servicios en las formas de administraciones públicas cooperativas, las empresas asociativas de trabajo y todas aquellas formas asociativas solidarias (caracterizadas por la realización de actividades sin ánimo de lucro, dirigidas a satisfacer necesidades de sus asociados, mediante vínculos fundados en los principios cooperativos).

El Decreto Ley 4122 de 2011, el cual transforma el Departamento Administrativo Nacional de Economía Solidaria, Dansocial, en Unidad Administrativa Especial con personería jurídica, autonomía administrativa, financiera y patrimonio independiente.

Además de las normas vigentes a nivel nacional, PETROCOOP tiene unas normas que regulan su gestión. En primer lugar, está el Estatuto de la sociedad, que es la carta de navegación o las reglas del juego en las que se concreta el acuerdo cooperativo. Cada uno de los capítulos de nuestro Estatuto presenta de manera ordenada y coherente, una serie de artículos y normas que se fundamentan en las normas nacionales. Solamente la Asamblea de Asociados puede modificarlo, teniendo que reunir para hacerlo las dos terceras partes de los votos presentes.

El Estatuto es muy importante porque contiene tanto las normas y los procedimientos por los cuales se deben regir todos los asociados de la cooperativa como los derechos y deberes de éstos. Además, es la herramienta de apoyo en los momentos en que deben tomarse decisiones administrativas y económicas, las cuales propenden por el bienestar y la estabilidad de la cooperativa y de sus asociados.

Ubicados en un nivel inferior al del Estatuto (lo que quiere decir que no podrán contrariarlo) se encuentran los reglamentos. La finalidad de éstos es clarificar los procedimientos y trámites para el buen desarrollo de la gestión cooperativa en cumplimiento del acuerdo cooperativo, así como regular aquellos procedimientos que no se encuentren determinados en el Estatuto. Es así como en PETROCOOP tenemos el Reglamento de Créditos, Reglamento de Prestación de Servicios, Reglamento de Aportes, Reglamento del Consejo de Administración, Reglamento de la Junta de Vigilancia, Reglamento del Fondo de Solidaridad, Reglamento del Fondo de Educación, y Reglamento Fondo Mutual.

Es importante señalar que es deber de cada asociado conocer y aplicar el Estatuto y Reglamentos, razón por la que al ingresar a la cooperativa usted adquiere derecho a ser informado sobre estos aspectos.