Si tienes dudas o inquietudes, encuentra una respuesta a continuación o escríbenos a beneficios@petrocoop.com
Pueden afiliarse las personas que sean empleados, exempleados y contratistas del sector Hidrocarburos, y/o que tengan el carácter de cónyuge o compañero (a) permanente o que se encuentren dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad, o primero civil, de quienes ya son asociados de nuestra Cooperativa
El aporte mínimo se modifica cada año, este corresponde al 20 % de un SMMLV establecido por el gobierno y este se ajusta a la centena superior.
En ninguna Cooperativa los aportes sociales generan intereses, lo anterior se explica debido a la ausencia de ánimo de lucro que caracteriza estas asociaciones y a los afiliados que las conforman. Adicionalmente es claro que la intermediación financiera no hace parte de su objeto social. Es más, la ley va más allá al señalar como requisitos distintivos de estas organizaciones la irrepartibilidad de sus reservas sociales y el caso de liquidación del remanente patrimonial, además de que sus excedentes se destinan a la prestación de servicios de carácter social.
Las Cooperativas son personas jurídicas sin ánimo de lucro, donde sus asociados unen voluntades, esfuerzos y aportes (que en la mayoría de las veces no son representativos) con el único propósito de satisfacer necesidades que son comunes a todos sus miembros. Es precisamente por ello que en las Cooperativas el balance social cobra mayor significación que el balance económico, pues el balance social es el único que realmente refleja el éxito de la empresa cooperativa en beneficio de los asociados y sus familias.
Los aportes únicamente serán reembolsados a los asociados cuando soliciten el retiro definitivo a PETROCOOP, en este momento se cruzaran con las obligaciones que se tengan y se reembolsará el excedente mediante consignación a una cuenta bancaria.
Los servicios pueden ser utilizados a partir del siguiente día hábil de la aprobación de ingreso por parte del Consejo de Administración, por otro lado, los créditos únicamente podrán ser solicitados después de cuatro (4) meses desde la fecha de afiliación (sujeto a cumplimiento de requisitos).
La Cooperativa no retiene los aportes sociales; los devuelve al 100% con previa compensación y cruce de obligaciones y responsabilidades pendientes.
Solicite a nuestra Asistente Comercial información sobre los beneficios de la Cooperativa, donde podrá conocer el portafolio de créditos y servicios diseñado para los asociados. La Asistente Comercial le proporcionará el formato de afiliación a PETROCOOP y le solicitará documentos tales como: copia de la cédula de ciudadanía, certificación laboral, Sarlaft, declaración de renta y lo guiará en realizar el curso básico de cooperativismo. Una vez diligenciado el formulario de afiliación y con los documentos completos, la solicitud será presentada ante el Consejo de Administración de PETROCOOP en la agenda de la reunión habitual prevista en cada mes.
Los aportes extraordinarios son aprobados por la Asamblea. El asociado puede realizar aportes voluntarios hasta por 3 SMMLV, una sola vez al año.
Los aportes pasarán a las personas que tengan la calidad de cónyuge, compañero permanente, y/o herederos de acuerdo con las disposiciones legales vigentes y los demás requisitos exigidos por PETROCOOP. Los demás beneficios cooperativos tales como auxilios, fondos, entre otros, se entregarán a las personas que el asociado hubiera designado como beneficiarios (Si no hay beneficiarios designados, será entregados a los herederos).
Si es posible debido al derecho de igualdad, todos son asociados, dependiente e independiente del vínculo laboral.